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Urge CIDH a esclarecer asesinato de dos periodistas en México

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* Las autoridades judiciales mexicanas deben investigar de manera “diligente y exhaustiva” los asesinato del periodista Roberto Carlos Figueroa Bustos y del locutor Martín Antonio Olivier Rodríguez.

* El principio 9 de la Declaración de Principios sobre Libertad de Expresión, “es deber de los Estados prevenir e investigar estos hechos, sancionar a sus autores y asegurar a las víctimas una reparación adecuada”

Fernando Olivas

CDMX.- Nuevamente la Relatoría Especial para la Libertad de Expresión de la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) llamó a las autoridades judiciales mexicanas a investigar de manera “diligente y exhaustiva” el asesinato del periodista Roberto Carlos Figueroa Bustos, ocurrido el 26 de abril en Morelos, y del locutor Martín Antonio Olivier Rodríguez, el 7 de mayo en Puebla.

Además exigió a dar con los responsables y evitar que estos crímenes queden en la impunidad. “Esto supone la identificación y el agotamiento de todas las hipótesis criminales posibles que vinculen los asesinatos con el ejercicio profesional de las víctimas”, apuntó.

Asimismo recordó  la CIDH que el asesinato de periodistas “es la forma más extrema de censura” y vulnera el derecho a la libertad de expresión tanto en su dimensión individual como colectiva, pues genera un efecto amedrentador y de silenciamiento en sus pares, y afecta además el derecho de las personas y las sociedades a buscar y recibir información e ideas de cualquier tipo.

En un comunicado, la relatoría de la CIDH señaló que Figueroa Bustos fue secuestrado en la mañana del viernes 26 de abril, y pese a que sus familiares pagaron el rescate, el periodista fue hallado muerto al interior de un vehículo en el poblado de Coajomulco, en Huitzilac, Morelos.

Respecto a Olivier Rodríguez indicó que fue reportado como desaparecido por sus familiares la noche del lunes 6 de mayo, y su cuerpo fue hallado el martes 7 de mayo, abandonado en un taxi y con signos de violencia.

De esta manera la relatoría refirió que de conformidad con el principio 9 de la Declaración de Principios sobre Libertad de Expresión, “es deber de los Estados prevenir e investigar estos hechos, sancionar a sus autores y asegurar a las víctimas una reparación adecuada”.

 


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