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Hasta 10 años de prisión a quién desvíe cuotas del ISSEMYM

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* La propuesta del diputado Gerardo Ulloa y la diputada Azucena Cisneros busca tipificar el delito de defraudación a los regímenes del Issemym.

* En 2020 el Issemym registro un déficit de mil 266.4 mdp.

Toluca, Edomex. 25 marzo, 2022.-  El diputado Gerardo Ulloa Pérez y la diputada Azucena Cisneros Coss plantearon tipificar como defraudación fiscal y sancionar con penas de hasta 10 años de prisión la retención y la omisión, total o parcial, en el entero de cuotas y aportaciones al Instituto de Seguridad Social del Estado de México y Municipios (Issemym) por parte de los sujetos obligados.

El diputado Gerardo Ulloa Pérez dijo que la iniciativa, que busca salvaguardar el derecho fundamental a la seguridad social, considera que comete el delito de defraudación a los regímenes del Instituto de Seguridad Social del Estado de México y Municipios, las o los funcionarios públicos que ejerzan la representación o titularidad de las instituciones públicas, que de manera indebida o mediante el uso de engaños o aprovechamiento de errores, omitan total o parcialmente las cuotas y aportaciones.

Compartió que los adeudos al Issemym en el 2020 fueron de mil 896 millones de pesos por parte de municipios, sistemas municipales para el desarrollo integral de la familia, organismos de agua, institutos de la cultura física y deporte, institutos de la juventud, organismo público descentralizado para el mantenimiento de vialidades de Cuautitlán Izcalli y el Instituto de la Mujer de Toluca.

Además, de acuerdo con el informe anual 2020 del Issemym, al 31 de diciembre del 2020, el Issemym tuvo un déficit de mil 266.4 millones de pesos, desequilibrio financiero que, aseguró, es provocado en parte por una práctica reiterada de las instituciones públicas que incumplen la entrega de cuotas y aportaciones de seguridad social.

La propuesta establece que para proceder penalmente por el delito de defraudación fiscal al régimen del Issemym será válida la denuncia que formule el Órgano Superior de Fiscalización del Estado de México, respecto de los hechos u omisiones que se deriven de sus funciones de verificación, además de que no será necesaria la declaratoria de la autoridad fiscal de que la hacienda pública estatal o municipal ha sufrido o pudo sufrir daño o perjuicio.

Las comisiones de Planeación y Gasto Público y de Finanzas Públicas analizarán esta propuesta.


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